La normativa para transporte adaptado indica una serie de puntos que deben ser cumplidos para que éste sea considerado apto para esta calificación. Los elementos de los autobuses adaptados y accesibles deben contar con infraestructuras que permitan a los viajeros entrar y salir, subir o bajar sin problema, al margen de sus discapacidades. Los puntos principales a cumplir son:
- La información que se proporcione sobre las plazas y las plataformas de acceso debe ser clara, fácil de utilizar y comprender para todos los usuarios, incluidos los que puedan presentan una disfuncionalidad cognitiva.
- Un punto ineludible es la instalación de sistemas de entrada y salida con plataformas elevadoras o rampas que permitan el acceso fácil a cualquier usuario.
- El vehículo adaptado debe contar con un número concreto de plazas reservadas especialmente preparadas para personas con movilidad reducida.
- Dentro de esas plazas, es fundamental que existan sistemas de anclaje al suelo para sillas de ruedas. La silla de ruedas debe colocarse mirando al frente, siempre en el sentido de la marcha del vehículo. Estas sillas deberán contar con el certificado crash test. Este sirve para acreditar que se trata de la silla adecuada para usarse como asiento en un vehículo de transporte, conforme a la norma ISO 7176-19.
- El vehículo debe contar con suelos antideslizantes y también con cinturón de seguridad de al menos tres puntos de anclaje.
Al margen de estos puntos, el concepto de adaptabilidad es muy amplio y se refiere tanto a las instalaciones como a las infraestructuras que puedan permitir a las personas con una movilidad reducida disfrutar también de los medios de transporte. Estas medidas deben ser compatibles con la seguridad o comodidad del resto de los viajeros. Es cada comunidad autónoma la que regula los aspectos técnicos y funcionales en el transporte accesible de su competencia.
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